miércoles, 18 de julio de 2012

PORQUE NOS AFECTA A TODOS, ¡Rebélate y Hazlo Notar!


Prestación Contributiva:

Se reduce el porcentaje de abono a partir del día 181 de prestación por desempleo pasando del 60% de la Base Reguladora al 50% de la misma. (Art.17.cuatro)

Se endurece la cotización a la Seguridad Social de quienes perciben una prestación contributiva. Si hasta ahora la cuota del trabajador o trabajadora estaba reducida en un 35%, a partir de ahora la persona desempleada la abonara en su totalidad (4,7% de la base reguladora) con la consiguiente disminución del importe de su prestación. (Disposición derogatoria 3.b)

Se debilita la prestación en el caso de varios contratos a tiempo parcial. Se modifica el criterio para el cálculo del periodo de ocupación que sirve para determinar el tiempo a proteger por desempleo en los casos de contratos a tiempo parcial. Si hasta ahora se totalizaban todos los periodos cotizados desde la fecha en la que perdía un contrato a tiempo parcial, a partir del RD-Ley se totalizarán únicamente los del contrato que se pierde. [Art. 17.Tres].

Se modifica el criterio de cálculo de la Base Reguladora en el caso de tener dos contratos parciales y perder uno de ellos. Desde este momento se promediarán las bases de ambos contratos para determinar la Base  Reguladora de desempleo. Hasta la fecha solo se tenía en cuenta la del trabajo que se perdía. [Art. 17.Once]

.